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Contenidos educativos digitales y la propiedad intelectual.

4 Mayo 2009

Archivado en: Docente, Todas — Community Manager @ 10:36 am

En paralelo a FICOD08 y también en el Palacio Municipal de Congresos, se celebró la segunda edición de la Conferencia Internacional sobre la Propiedad Intelectual en el Entorno Digital, que ha dado cita a los principales expertos internacionales en la materia.

Las conclusiones de esta conferencia atañen, sobre todo, a la industria pero es necesario hablar de esta cuestión desde el punto de vista de la creación de contenidos educativos digitales por parte de docentes ya que la mayoría piensa que todo lo que esta en Internet se puede reutilizar sin más.

Cuando creamos o diseñamos un contenido educativo y lo publicamos en Internet, lo hacemos con la intención de compartirlo, para que otros profesores (o alumnos, o cualquier persona) puedan utilizarlo en su totalidad o en parte. Pero esto no significa que se pueda reutilizar este contenido sin revisar el grado de reutilización permitida como por ejemplo citar a su autor. Esta es una situación que se da con frecuencia como nos explica Luis Barriocanal, incluso cuando se publica bajo licencia Creative Commons.

A pesar de estos problemas este tipo de licencias se han mostrado como las más adecuadas para publicar y compartir los contenidos educativos entre los docentes. Debe quedar claro, como se indica en la página de sección española de Creative Commons, que someter nuestras obras a una de estas licencias no significa que no tengan copyright, sino que se ceden algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones:

  • Reconocimiento (Attribution): El contenido debe acreditar al autor.

  • No Comercial (Non commercial): El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido mientras su uso no sea comercial.

  • Sin Obra Derivada (No Derivate Works): El contenido creado  puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no puede ser reutilizado para crear un trabajo derivado del original.

  • Compartir Igual (Share alike): El contenido puede ser modificado, distribuido y reutilizadopero bajo la misma licencia que el contenido original.

La combinación de estas condiciones dan lugar a seis tipos de licencias, entre las que podemos escoger, como mostramos en el video tutorial.


 

2 comentarios

  1. Hola.

    La verdad es que creo que, en la legislación española, no se recoge el concepto de “dominio público” hasta pasados muchos años desde la creación de la obra. Por eso, cuando seleccionas el tipo de licencia Creative Commons para España no puedes prescindir del “by”.

    Comment por Aníbal — 4 Mayo 2009 @ 11:30 am

  2. Este es uno de los temas que la Comunidad Educativa debe tener en cuenta y que tiene una gran complejidad.

    Los propios docentes son creadores de contenido para las editoriales, en forma de material escolar, en forma de artículo, etc. Es muy importante que los materiales que referencien y utilizan tengan licencia para que se puedan difundir.

    Comment por Creador — 4 Mayo 2009 @ 1:09 pm

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